Acuerdo salarial de la rama cal, piedra y afines

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y a Federación Argentina de la Piedra acordaron, en  el marco de la Convención Colectiva de Trabajo N° 36/89 de la rama cal, piedra y afines, un incremento del 12 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de marzo de 2021, con vigencia desde el 1º de abril hasta el 30 de junio.

Y se establece un incremento del 22 % (incluyendo el 12% mencionado) calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de marzo de 2021 con vigencia a partir del 1º de julio hasta el 30 de septiembre de 2021.

Los incrementos de los salarios básicos pactados en este acuerdo son a cuenta y compensables hasta su concurrencia con cualquier aumento, compensación, ajuste o rubro de cualquier tipo, modalidad o naturaleza que puedan disponerse en el futuro mediante normas emanadas del Gobierno Nacional.

Los valores establecidos absorben y compensan hasta su concurrencia los incrementos en el nivel de ingreso de los trabajadores otorgados voluntariamente por los empleadores a cuenta de futuros aumentos o iguales conceptos, desde el 1º de abril de 2021, que no tuvieren por fuente, lo dispuesto en el Convenio Colectivo 36/89, firmado en la fecha.

Las partes además asumieron el compromiso de mantener la paz social en todos los establecimientos comprendidos por el acuerdo, y durante toda la vigencia de este; para ello, agotarán todas las instancias conciliatorias y de intercambio de ideas, que complementen el mantenimiento de la misma.