Reunión con US Treasury OTA

CAEM realizó un encuentro con la Oficina de Asistencia Técnica del Tesoro de EEUU, quienes se encuentran apoyando al Ministerio de Transporte de la Nación en un análisis de la utilización del sistema ferroviario argentino.

En particular, el enfoque de la reunión abarco temas de logística para mejorar la utilización del sistema ferroviario en el país, a través de conversaciones con los usuarios del sistema, con el objetivo de entender los aspectos más importantes de la problemática actual y la elección de la modalidad de transporte.

CAEM con la SNMPE de Perú

Luciano Berenstein, Director Ejecutivo de CAEM, se reunió con el Gerente de Administración y Finanzas de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía de Perú (SNMPE), Ángel Murillo Bárcena.

En el encuentro, del cual participó también el comunicador Daniel Bosque y se conversaron temas en común para el sector en la región, que permitieran a futuro armar planes de colaboración.

Se dialogó sobre los ejes producción, situación de la minería en el marco de la situación sanitaria por el COVID-19, perspectivas post-pandemia y sustentabilidad.

Mesa técnica de análisis para la sustitución de importaciones de la Cadena de Valor Minera

Luciano Berenstein, Director Ejecutivo de CAEM, participó del primer encuentro de la Mesa Técnica de Análisis para la sustitución de importaciones de la Cadena de Valor Minera creada por la resolución 138 de la Secretaría de Minería que tendrá entre sus objetivos emitir opiniones no vinculantes tendientes a comenzar una progresiva sustitución de importaciones en pos del desarrollo local, provincial, regional y nacional.

La mesa está liderada por la Dirección Nacional de Cadena de Valor Minera con el objetivo de realizar el estudio de cada una de las posiciones arancelarias incluidas del anexo I de la resolución 89/19, en el marco del artículo 21 de la Ley de Inversiones Mineras (N° 24.196).

La intención es determinar los mecanismos para analizar los distintos bienes y servicios importados por el sector minero para identificar cuáles podrían ser abastecidos por empresas nacionales de forma competitiva, con el objetivo de ampliar el peso relativo aportado por los proveedores dentro de la matriz industrial a nivel local, provincial, regional y nacional.

La reunión contó con la presencia de representantes del Consejo Federal de Minería, el INTI, Cámaras y Asociaciones de Proveedores, CAEM y funcionarios del Ministerio de Desarrollo Productivo y de la Secretaría de Minería, entre otros.

HMS: Actualización de formación para proveedores de servicios de verificación

La Mining Association of Canada (MAC) efectuó en forma online una capacitación sobre actualizaciones para  proveedores de servicios de verificación. De la misma participaron Graciela Keskiskian y Oscar Vázquez, asesores externos de CAEM para la iniciativa “Hacia una Minería Sustentable (HMS)”  en nuestro país.

Fue una capacitación realizada en cuatro jornadas, donde se analizaron casos de estudio y se trabajó sobre distintos protocolos de programa (Protocolos de Acercamiento Comunitario, Preservación de la Biodiversidad, Gestión del uso energético y las emisiones GEI, Manejo del Agua, Crisis y Comunicaciones,  Seguridad y Salud, Manejo de relaves y Prevención del trabajo forzado e infantil).

Quienes actúan como verificadores del programa revisan los resultados de la autoevaluación de cada yacimiento y confirman si ha cumplido con los criterios del protocolo. Esto determina la calificación verificada para cada indicador de cada protocolo.

En nuestro país, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros adhirió al programa HMS, que fija estándares internacionales de calidad y control para garantizar una actividad minera responsable, transparente y confiable. Consta de un conjunto de herramientas e indicadores que impulsan el buen desempeño y aseguran que los principales riesgos de la minería se administren de forma adecuada, planteando además parámetros e instancias de control externo para las compañías mineras, con participación de la sociedad civil.

Arminera: se lanzó la venta de espacios, con beneficios para quienes ya han sido expositores

La próxima edición de Arminera, exposición internacional de minería, ya tiene fecha confirmada: se realizará del 16 al 18 de noviembre de 2021, en el Centro Costa Salguero. Y se inició la venta de espacios, con tarifas promocionales durante febrero.
La adjudicación de espacios entre quienes sean expositores este año tendrá lugar el 3 de marzo, de manera virtual, para que puedan elegir el espacio más conveniente para su empresa.
Quienes han sido expositores en 2019, tendrán el beneficio de prioridad de elección por sobre aquellas compañías no expositoras, dentro de la categoría seleccionada. También podrán aprovechar el precio promocional de adjudicación, el cual se actualizará una vez finalizada la misma.
Arminera es organizada por la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) y Messe Frankfurt Argentina. Los asociados de CAEM que deseen ser expositores cuentan con un valor preferencial.
Para más información puede visitarse el sitio web arminera.ar.messefrankfurt.com , o bien contactarse a arminera@argentina.messefrankfurt.com.

Se lanza el Encuentro Latinoamericano de Minería, para promover el diálogo plural sobre los desafíos regionales

Este año se realizará el primer Encuentro Latinoamericano de Minería (ELAMI), un espacio creado con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para promover un diálogo entre gobiernos, sociedad civil, academia, organismos de cooperación y la industria minera de los países latinoamericanos.

Su primera edición tendrá lugar del 2 al 5 de marzo, de manera virtual, a través de una plataforma que permitirá que diferentes sectores de la sociedad de la región latinoamericana participen y sean protagonistas de esta histórica conversación que tratará los desafíos ambientales, sociales y culturales que debe enfrentar la minería en el nuevo escenario mundial.

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) participa de su organización, junto a la Asociación Colombiana de Minería (ACM), el Instituto Brasileiro de Mineração (IBRAM), Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía de Perú (SNMPE), Cámara de Minería del Ecuador (CME), Consejo Minero de Chile, Cámara Minera de Panamá (CAMIPA) y JA&A.

El objetivo de ELAMI es tener una conversación regional alrededor de cómo se viene transformando el sector minero para enfrentar las nuevas condiciones globales. Expertos internacionales comentarán cómo la industria minera está enfrentando los desafíos económicos, ambientales y sociales que le impone el nuevo escenario internacional a la industria minera.

Ya están abiertas las inscripciones en www.encuentrodemineria.com

CAEM en las capacitaciones sobre declaraciones juradas digitales

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) participó de las capacitaciones generadas por la Secretaría de Minería de la Nación sobre las nuevas declaraciones juradas digitales derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196. Los encuentros estuvieron destinados a todos los inscriptos beneficiarios del régimen de inversiones mineras.

Se efectuaron tres talleres interactivos, utilizándose en formato test sobre la misma plataforma TAD un caso hipotético que pueda resolver la mayor parte de preguntas frecuentes. Al finalizar la demostración, hubo un espacio de consultas para los interesados.

Recordemos que, a partir de las gestiones realizadas por CAEM, la Secretaría de Minería de la Nación dictó la resolución 149/2020, prorrogando el plazo previsto por Resolución Nº 119 para la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias correspondientes a los períodos 2019/2020, hasta el 31 de enero de 2021 inclusive.

Prórroga a la Resolución 119/2020 y talleres de capacitación

A partir de las gestiones realizadas por la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), la Secretaría de Minería de la Nación dictó la resolución 149/2020, prorrogando el plazo previsto por Resolución Nº 119 para la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias correspondientes a los períodos 2019/2020, hasta el 31 de enero de 2021 inclusive.

En relación a este tema, la Secretaría de Minería de la Nación generó una Capacitación Virtual sobre las nuevas declaraciones juradas digitales destinada a todos los inscriptos beneficiarios del régimen de inversiones mineras, que se llevará a cabo este lunes 11.

Se tratará de un  taller interactivo, utilizándose en formato test sobre la misma plataforma TAD un caso hipotético que pueda resolver la mayor parte de preguntas frecuentes. Al finalizar la demostración, habrá un espacio de consultas para los interesados.

Texto completo de la Resolución:

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE MINERÍA

Resolución 149/2020

RESOL-2020-149-APN-SM#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-89032481- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 24.196 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 4 de fecha 2 de enero de 2020, las Resoluciones Nros. 30 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y 47 de fecha 3 de agosto de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.196 y sus modificatorias, reglamentada por el Decreto N° 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, establece un régimen especial de fomento para el desarrollo de la actividad minera en el Territorio Argentino, a partir del otorgamiento de beneficios a los diferentes actores participantes del sector.

Que conforme lo establecido en el Artículo 18 de la Ley N° 24.196 y sus modificatorias los inscriptos en el régimen de inversiones para la actividad minera deberán presentar anualmente dentro de los TREINTA (30) días a partir del vencimiento para la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, una Declaración Jurada donde se indiquen los trabajos e inversiones efectivamente realizados, manteniendo debidamente individualizada la documentación y registración relativa a dichas inversiones.

Que, asimismo, el Artículo 25 de la citada ley establece que los inscriptos deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación con carácter de Declaración Jurada, una descripción de las tareas y estudios a ejecutar, y de las inversiones a realizar con su respectivo cronograma.

Que, mediante la Resolución Nº 119 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se aprobaron los Términos y Condiciones para la presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias, las que a partir de la publicación de dicho acto deben realizarse en formato digital, y ser presentadas a través de la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), con carácter obligatorio para los beneficiarios inscriptos en el Registro de Inversiones Mineras. A tal fin fueron habilitados en la mencionada Plataforma los trámites: “Declaración Jurada Artículo 18 Ley Nº 24.196 y sus modificatorias” y “Declaración Jurada Artículo 25 Ley Nº 24196 y sus modificatorias.

Que, a tales efectos, en el Artículo 2º de la mencionada ley, se dispuso que la totalidad de los inscriptos en el Registro de Inversiones Mineras de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias deberán presentar las Declaraciones Juradas correspondientes a los Artículos 18 y 25 de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución N° 119/20 de la SECRETARÍA DE MINERÍA hasta el día 31 de diciembre de 2020 inclusive, correspondiente a los períodos 2019/2020, aún en el caso de que ya hubieran realizado la presentación con anterioridad y que, aquellos inscriptos que a la fecha aún adeudaren Declaraciones Juradas por períodos anteriores, deben adecuar su presentación a lo allí dispuesto.

Que a través del Expediente N° EX-2020-88647515- -APN-DGDYD#JGM la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS (CAEM) solicita una prórroga de TREINTA (30) días para cumplir con lo establecido en la Resolución Nº 119/20 de la SERETARÍA DE MINERÍA.

 

Que tal como se expresara en los considerandos de la resolución mencionada en el considerando inmediato anterior, la información que se solicita en los nuevos formularios resulta clave para diagnosticar, monitorear y actualizar todos los datos relativos al potencial geológico de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como también el estado de avance de todos los proyectos enmarcados dentro de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias.

Que, en la instancia, y a efectos de facilitar el cumplimiento temporáneo de las obligaciones impuestas, corresponde acceder a lo solicitado por la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS (CAEM) y, prorrogar hasta el día 31 de enero de 2021 inclusive, el plazo previsto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 119/20 de la SECRETARÍA DE MINERÍA, a fin de cumplimentar con la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias, correspondientes a los períodos 2019/2020.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Comercio y Minería, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24 de la Ley Nº 24.196 y sus modificaciones, y los Artículos 24 y 28 del Decreto Nº 2.686/93 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el plazo previsto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 119 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, para la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias correspondientes a los períodos 2019/2020, hasta el día 31 de enero de 2021 inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alberto Valentín Hensel

  1. 30/12/2020 N° 67726/20 v. 30/12/2020

Fecha de publicación 30/12/2020

CAEM: Acuerdos paritarios convenios colectivos extractiva y cal y piedra

Durante diciembre, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) revisó acuerdos salariales, con la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) tanto correspondientes a la rama extractiva como a cal y piedra.

Rama extractiva

CAEM firmó un acuerdo salarial con la  Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) para la rama de minería extractiva en el marco de la Convención Colectiva de Trabajo N° 38/89.

Tendrá vigencia desde el 1º de enero, hasta el 28 de febrero de 2021, e incluye un aporte voluntario no remunerativo, por única vez. De esta forma, el personal abarcado en el convenio recibirá el “Aporte Voluntario COVID 2020” que comprende el pago  por única vez de $ 10.000, pagaderos en dos cuotas, en diciembre 2020 y enero 2021.

Todos los acuerdos o pagos voluntarios que las empresas ya hayan otorgado a sus empleados a cuenta del “Aporte Voluntario”, o bajo cualquier otra denominación ya sea en efectivo, en mercadería o bajo cualquier otra forma de beneficio, podrá ser asignada o deducida del compromiso del Aporte Voluntario COVID 2020.

Se acordó además un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia a partir del 1º de enero del 2021, hasta el 31 de enero de 2021”.  A lo cual se le suma un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de enero de 2021, con vigencia a partir del 1° de febrero del 2021, hasta el 28 de febrero de 2021.

Rama cal, piedra y afines

CAEM acordó con AOMA y la Federación Argentina de la Piedra un incremento del 6% sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020 con vigencia del 1º de enero de 2021 al 31 de enero de 2021. Y un incremento del 12% calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia del 1º de febrero de 2021 al 31 de marzo de 2021.

Se definió además el pago de un aporte voluntario no remunerativo de $ 10.000,  por única vez, pagadero $5.000 en diciembre y $ 5.000 en enero.

Por otra parte, dada la difícil situación que atraviesa este sector a causa de la pandemia, se acordó prolongar el acuerdo por COVID-19, que establece que los trabajadores que se encuentren desempeñando tareas en forma presencial o remota percibirán el 83% del total de su remuneración bruta que les hubiera correspondido para el mes de enero de 2021 como suma no remunerativa. En tanto que el personal que se encuentre inactivo percibirá un 66%.

CAEM fue parte de la Mesa de la Economía del Conocimiento

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) participó de la puesta en marcha de la primera Mesa de la Economía del Conocimiento, que contó con la presencia del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

En el encuentro, las cámaras empresariales y referentes del sector avanzaron en una agenda público-privada y repasaron los principales aspectos de la reglamentación de la Ley que permitiría promover nuevas tecnologías, fomentar empleo de calidad, facilitar el desarrollo de PyMES y aumentar las exportaciones.

“Quiero hacer un reconocimiento de este sector tan importante en el presente y en el futuro de Argentina; aquí hay buena parte de las soluciones de los problemas de nuestro país en términos de balanza de pagos, empleo, mejora de entramados productivos, e incorporación de tecnologías en la producción”, afirmó Kulfas.

La Ley de la Economía del Conocimiento ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, como la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa y una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales.

Además, otorga beneficios adicionales en las contribuciones patronales para las empresas que empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales.