La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) efectuó un desayuno de trabajo sobre el alcance de la normativa laboral relacionada a guarderías y salas maternales. Allí se analizaron las alternativas de aplicación en los proyectos mineros.
El eje a considerar fue el alcance del art. 179 de la Ley 20.744. La ley prevé que en los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan. A través del decreto 144 se estableció que alcanzaría a los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 o más personas, independientemente de las modalidades de contratación.
En el desayuno se analizaron los casos que podían presentar dudas en cuanto a su aplicación y se habló de su implementación en las industrias. El encuentro estuvo a cargo del Dr. Javier Adrogué, del estudio Adrogué Marqués Zabala & Asociados y fue moderado por Alejandra Cardona, Directora Ejecutiva de CAEM.