CAEM y AOMA: paritarias, unificación de convenios y mesa de trabajo

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) acordó con la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) las paritarias que cierran el período 2020-2021. El acuerdo incluye además la unificación de la vigencia de los acuerdos de empresas y la promoción de la incorporación del resto de los proyectos del país.

El acta acuerdo contempla en prima instancia el pago a los trabajadores de las empresas productoras de San Juan y Santa Cruz de una suma no remunerativa (SNR) en concepto de gratificación extraordinaria  y de pago único, que equivaldrá al 30% de las remuneraciones mensuales, normales y habituales de la escala salarial vigente a diciembre de 2020.

Se pactó además, un incremento salarial del 21% calculado sobre las remuneraciones mensuales, normales y habituales de diciembre 2020, vigente desde el 1º de enero 2021y hasta el 30 de abril de este año. Las partes se reunirán abril para negociar un nuevo acuerdo salarial.

Por último, el acuerdo crea una Mesa de trabajo permanente para mantener un clima de paz social que permita el diálogo constructivo para el manejo y resolución de posibles conflictos. La Mesa será encabezada por el Secretario General de AOMA y por el Presidente de la CAEM, y/o por los representantes que estos designen, a los fines de tratar en negociaciones directas aquellas cuestiones que pudiesen generar conflictos y afectar el compromiso de paz social asumido.

Tres Quebradas se suma al HMS

La firma Liex firmó la adhesión al programa “Hacia una Minería Sustentable (HMS)” para su proyecto de “Tres Quebradas”.

Tres Quebradas (3Q) es un yacimiento de litio ubicado en Fiambalá, provincia de Catamarca, emplazado a 4.000 msnm. Con esta adhesión, ya son 20 proyectos nacionales aplicando el HMS.

El programa HMS consta de un conjunto de herramientas e indicadores que impulsan el buen desempeño de los yacimientos, planteando parámetros e instancias de control externo para las compañías mineras.

EITI Argentina: Reunión del Grupo de Comunicación

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) forma parte del Grupo de Trabajo Técnico (GTT) de Comunicación de EITI Argentina, que se reunió  esta semana para analizar los próximos pasos a partir de la publicación del primer ciclo de reporte de nuestro país.

El grupo está avanzando en la generación de un nuevo sitio web, que permita una lectura más visual de la información que genera la iniciativa. Además, busca impulsar acciones que ayuden a un mayor conocimiento de la iniciativa a lo largo de todo el país. Del encuentro participó por CAEM su responsable de Prensa y Comunicación, Isabel Nanzi.

EITI Argentina divulgó recientemente su primer informe a nivel nacional. El mismo puede encontrarse en www.argentina.gob.ar/eiti

Con participación plena de la industria minera, Argentina publicó su primer informe EITI

La Argentina completó su primer ciclo de reporte de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) el cual incluye datos de producción y de aportes al Estado por parte de las industrias hidrocarburífera y minera. El primer informe argentino ya está disponible online

La totalidad de las empresas mineras convocadas a participar informaron cuáles son los aportes económicos a los gobiernos en concepto de impuestos y otros pagos. Mientras que, por su parte, el Estado brinda información de lo que ha recibido por esos conceptos

CAEM ha tenido una activa colaboración en todo el proceso a partir de su rol como representante de la industria minera en el Grupo Multipartícipe a cargo de la implementación del programa

En nuestro país, la publicación de este informe es fruto del trabajo en conjunto del Grupo Multipartícipe (GMP) nacional, que cuenta con representantes de la Sociedad Civil (Fundación Directorio Legislativo, Universidad Nacional de San Martín, Universidad Católica Argentina, Fundación Cambio Democrático, Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento –CIPPEC-), de las industrias (Instituto Argentino del Petróleo y del Gas, YPF, Cámara Argentina de Empresarios Mineros, Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos) y del sector público (Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo, Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Economía).

El EITI es una iniciativa internacional presente en 56 países que proporciona un marco para que gobiernos y empresas desarrollen y cumplan compromisos de revelar públicamente información sobre las industrias extractivas, dentro de un proceso que incluye a organizaciones de la sociedad civil

El EITI impulsa la publicación periódica y estandarizada de información acerca de los regímenes aplicables a la exploración y explotación de minerales e hidrocarburos, volúmenes de producción y cotejo de pagos realizados y recibidos. Se intenta que las empresas transparenten lo que abonan a los gobiernos como impuestos y otros conceptos, y se pide a éstos que publiciten los montos recibidos.

El objetivo es promover la gestión abierta y transparente de los recursos naturales no renovables cuya explotación debe contribuir a los objetivos de desarrollo sostenible y beneficiar a todos los ciudadanos.

El primer ciclo de reporte argentino a nivel nacional

Aportes. De este primer ciclo de reporte correspondiente al año fiscal 2018 se desprende un aporte al Estado nacional de USD 3.069 millones, lo que equivale al 3,8% del PBI nacional. Las cifras abarcan los pagos en concepto de Impuesto al Valor Agregado, Seguridad Social, Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios, Impuesto a las Ganancias y Derechos de Exportación. Vale aclarar que no se computan regalías ni otros impuestos o tasas de carácter provincial o municipal.

INGRESOS AL ESTADO NACIONAL – PRINCIPALES TRIBUTOS

Producción. Durante 2018, la producción del sector minero equivalió a USD 3.354 millones, abarcando oro, plata, litio, cobre, zinc y plomo. En tanto que para los hidrocarburos fue de USD18.350 millones, correspondientes a gas natural, petróleo, gasolina y GLP.

 

PRODUCCIÓN EN MILLONES DE USD. COMPARACIÓN POR SECTOR 2018-2019

En este primer informe participaron 23 empresas: las 14 compañías mineras relevadas representan el 99% de los pagos del sector al Estado nacional; en tanto que en el caso de hidrocarburos, las 9 empresas participantes significan una cobertura del 44%. Se trata del inicio de un proceso, se espera que más compañías se sumen a futuro a esta iniciativa.

En un contexto en el que los proyectos de las industrias del petróleo, el gas natural y la minería generan importantes expectativas en cuanto a su rol motorizador de la economía, es imprescindible contar con  herramientas que permitan a la población acceder a mayor información sobre cómo operan las empresas y cómo sus inversiones benefician efectivamente a los gobiernos y las comunidades.

En este sentido, la implementación de programas internacionales que ayudan al monitoreo social es un aporte para reforzar los mecanismos de supervisión y transparencia para ayudar a que los ingresos generados se inviertan inteligentemente. El crecimiento económico y la transparencia son dos aspectos que deben ir de la mano para colaborar en el desarrollo de sociedades más equitativas.

Ver informe: PRIMER CICLO DE REPORTE

 

Acuerdo con YPF para la provisión de carbón a productores de cal

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) participó de la firma del acuerdo entre YPF y la Secretaría de Minería de la Nación para garantizar la provisión de carbón de petróleo a pymes nacionales productoras de cal.

El acuerdo contempla que el sector calero nacional constituye una rama esencial de la actividad económica desarrollada por las pequeñas y medianas empresas nacionales, que se halla al presente en franco crecimiento, por lo que requiere de horizontes de previsibilidad en la provisión de insumos primordiales para su actividad.

Dado que el Carbón de Petróleo es un insumo apto para brindar la energía necesaria para la fabricación de cal, se resolvió este acuerdo para que YPF garantice su provisión a los productores caleros cuyo consumo mensual de CP es inferior a 250 toneladas. El acuerdo entró en vigor el 1º de enero y vencerá el 30 de junio de este año.

 

 

 

 

La Argentina publicó su primer informe EITI, un avance en la transparencia de las industrias extractivas

Este logro inédito marca un punto de partida para facilitar el control ciudadano de estos sectores claves para la economía.

En lo que constituye un hito en el camino a la transparencia de la gestión de los recursos naturales por parte de la industria extractiva, la Argentina completó su primer ciclo de reporte desde la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI, por sus siglas en inglés), cumpliendo de esta manera con el compromiso asumido en 2017 y formalizado en 2019, dando por primera vez difusión pública a datos de producción y de aportes al Estado por parte de las industrias hidrocarburífera y minera. El reporte ya está disponible online.

Al sumarse voluntariamente a esta iniciativa, las empresas del sector extractivo informan públicamente cuánto abonan a los gobiernos en concepto de impuestos y otros pagos, mientras que por su parte el Estado brinda información de lo que ha recibido por esos conceptos.

El EITI es una iniciativa internacional presente en 56 países que proporciona un marco para que gobiernos y empresas desarrollen y cumplan compromisos de revelar públicamente información sobre las industrias extractivas, dentro de un proceso que también incluye a organizaciones de la sociedad civil. Como parte del compromiso del país, tanto el informe como otros datos relevantes sobre producción y aportes de estos sectores están disponibles en el sitio nacional de la iniciativa (www.argentina.gob.ar/eiti).

En nuestro país, la publicación de este informe es fruto del trabajo en conjunto del Grupo Multipartícipe (GMP) nacional, que cuenta con representantes de la Sociedad Civil (Fundación Directorio Legislativo, Universidad Nacional de San Martín, Universidad Católica Argentina, Fundación Cambio Democrático, Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento –CIPPEC-), de las industrias (Instituto Argentino del Petróleo y del Gas, YPF, Cámara Argentina de Empresarios Mineros, Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos) y del sector público (Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo, Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Economía).

El EITI impulsa la publicación periódica y estandarizada de información acerca de los regímenes aplicables a la exploración y explotación de minerales e hidrocarburos, volúmenes de producción y cotejo de pagos realizados y recibidos. Se intenta que las empresas transparenten lo que abonan a los gobiernos como impuestos y otros conceptos, y se pide a éstos que publiciten los montos recibidos.

El objetivo es promover la gestión abierta y transparente de los recursos naturales no renovables cuya explotación debe contribuir a los objetivos de desarrollo sostenible y beneficiar a todos los ciudadanos.

El primer ciclo de reporte argentino a nivel nacional

Aportes. De este primer ciclo de reporte correspondiente al año fiscal 2018 se desprende un aporte al Estado nacional de USD 3.069 millones, lo que equivale al 3,8% del PBI nacional. Las cifras abarcan los pagos en concepto de Impuesto al Valor Agregado, Seguridad Social, Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios, Impuesto a las Ganancias y Derechos de Exportación. Vale aclarar que no se computan regalías ni otros impuestos o tasas de carácter provincial o municipal.

INGRESOS AL ESTADO NACIONAL – PRINCIPALES TRIBUTOS

Producción. Durante 2018, la producción del sector minero equivalió a USD 3.354 millones, abarcando oro, plata, litio, cobre, zinc y plomo. En tanto que para los hidrocarburos fue de USD18.350 millones, correspondientes a gas natural, petróleo, gasolina y GLP.

 

PRODUCCIÓN EN MILLONES DE USD. COMPARACIÓN POR SECTOR 2018-2019

En este primer informe participaron 23 empresas: las 14 compañías mineras relevadas representan el 99% de los pagos del sector al Estado nacional; en tanto que en el caso de hidrocarburos, las 9 empresas participantes significan una cobertura del 44%. Se trata del inicio de un proceso, se espera que más compañías se sumen a futuro a esta iniciativa.

En un contexto en el que los proyectos de las industrias del petróleo, el gas natural y la minería generan importantes expectativas en cuanto a su rol motorizador de la economía, es imprescindible contar con  herramientas que permitan a la población acceder a mayor información sobre cómo operan las empresas y cómo sus inversiones benefician efectivamente a los gobiernos y las comunidades.

En este sentido, la implementación de programas internacionales que ayudan al monitoreo social es un aporte para reforzar los mecanismos de supervisión y transparencia para ayudar a que los ingresos generados se inviertan inteligentemente. El crecimiento económico y la transparencia son dos aspectos que deben ir de la mano para colaborar en el desarrollo de sociedades más equitativas.

 

Ver informe: PRIMER CICLO DE REPORTE

 

Más información: https://www.argentina.gob.ar/eiti

 

Contacto de prensa: eiti@produccion.gob.ar

 

Tres Quebradas se suma al programa «Hacia una Minería Sustentable (HMS)»

La firma Liex firmó la adhesión al programa “Hacia una Minería Sustentable (HMS)” para su proyecto de “Tres Quebradas”.

Tres Quebradas (3Q) es un yacimiento de litio ubicado en Fiambalá, provincia de Catamarca, emplazado a 4.000 msnm. Con esta adhesión, ya son 20 proyectos nacionales aplicando el HMS.

El programa HMS, impulsado en el país por la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) consta de un conjunto de herramientas e indicadores que impulsan el buen desempeño de los yacimientos, planteando parámetros e instancias de control externo para las compañías mineras.

Prórroga a la Resolución 119/2020 y talleres de capacitación

A partir de las gestiones realizadas por la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), la Secretaría de Minería de la Nación dictó la resolución 149/2020, prorrogando el plazo previsto por Resolución Nº 119 para la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias correspondientes a los períodos 2019/2020, hasta el 31 de enero de 2021 inclusive.

En relación a este tema, la Secretaría de Minería de la Nación generó una Capacitación Virtual sobre las nuevas declaraciones juradas digitales destinada a todos los inscriptos beneficiarios del régimen de inversiones mineras, que se llevará a cabo este lunes 11.

Se tratará de un  taller interactivo, utilizándose en formato test sobre la misma plataforma TAD un caso hipotético que pueda resolver la mayor parte de preguntas frecuentes. Al finalizar la demostración, habrá un espacio de consultas para los interesados.

Texto completo de la Resolución:

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE MINERÍA

Resolución 149/2020

RESOL-2020-149-APN-SM#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-89032481- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 24.196 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 4 de fecha 2 de enero de 2020, las Resoluciones Nros. 30 de fecha 27 de diciembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y 47 de fecha 3 de agosto de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.196 y sus modificatorias, reglamentada por el Decreto N° 2.686 de fecha 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones, establece un régimen especial de fomento para el desarrollo de la actividad minera en el Territorio Argentino, a partir del otorgamiento de beneficios a los diferentes actores participantes del sector.

Que conforme lo establecido en el Artículo 18 de la Ley N° 24.196 y sus modificatorias los inscriptos en el régimen de inversiones para la actividad minera deberán presentar anualmente dentro de los TREINTA (30) días a partir del vencimiento para la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, una Declaración Jurada donde se indiquen los trabajos e inversiones efectivamente realizados, manteniendo debidamente individualizada la documentación y registración relativa a dichas inversiones.

Que, asimismo, el Artículo 25 de la citada ley establece que los inscriptos deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación con carácter de Declaración Jurada, una descripción de las tareas y estudios a ejecutar, y de las inversiones a realizar con su respectivo cronograma.

Que, mediante la Resolución Nº 119 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se aprobaron los Términos y Condiciones para la presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias, las que a partir de la publicación de dicho acto deben realizarse en formato digital, y ser presentadas a través de la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), con carácter obligatorio para los beneficiarios inscriptos en el Registro de Inversiones Mineras. A tal fin fueron habilitados en la mencionada Plataforma los trámites: “Declaración Jurada Artículo 18 Ley Nº 24.196 y sus modificatorias” y “Declaración Jurada Artículo 25 Ley Nº 24196 y sus modificatorias.

Que, a tales efectos, en el Artículo 2º de la mencionada ley, se dispuso que la totalidad de los inscriptos en el Registro de Inversiones Mineras de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias deberán presentar las Declaraciones Juradas correspondientes a los Artículos 18 y 25 de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución N° 119/20 de la SECRETARÍA DE MINERÍA hasta el día 31 de diciembre de 2020 inclusive, correspondiente a los períodos 2019/2020, aún en el caso de que ya hubieran realizado la presentación con anterioridad y que, aquellos inscriptos que a la fecha aún adeudaren Declaraciones Juradas por períodos anteriores, deben adecuar su presentación a lo allí dispuesto.

Que a través del Expediente N° EX-2020-88647515- -APN-DGDYD#JGM la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS (CAEM) solicita una prórroga de TREINTA (30) días para cumplir con lo establecido en la Resolución Nº 119/20 de la SERETARÍA DE MINERÍA.

 

Que tal como se expresara en los considerandos de la resolución mencionada en el considerando inmediato anterior, la información que se solicita en los nuevos formularios resulta clave para diagnosticar, monitorear y actualizar todos los datos relativos al potencial geológico de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como también el estado de avance de todos los proyectos enmarcados dentro de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias.

Que, en la instancia, y a efectos de facilitar el cumplimiento temporáneo de las obligaciones impuestas, corresponde acceder a lo solicitado por la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS (CAEM) y, prorrogar hasta el día 31 de enero de 2021 inclusive, el plazo previsto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 119/20 de la SECRETARÍA DE MINERÍA, a fin de cumplimentar con la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias, correspondientes a los períodos 2019/2020.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Comercio y Minería, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24 de la Ley Nº 24.196 y sus modificaciones, y los Artículos 24 y 28 del Decreto Nº 2.686/93 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el plazo previsto en el Artículo 2º de la Resolución Nº 119 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, para la presentación de las Declaraciones Juradas derivadas de los Artículos 18 y 25 de la Ley Nº 24.196 y sus modificatorias correspondientes a los períodos 2019/2020, hasta el día 31 de enero de 2021 inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alberto Valentín Hensel

  1. 30/12/2020 N° 67726/20 v. 30/12/2020

Fecha de publicación 30/12/2020

CAEM: Acuerdos paritarios convenios colectivos extractiva y cal y piedra

Durante diciembre, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) revisó acuerdos salariales, con la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) tanto correspondientes a la rama extractiva como a cal y piedra.

Rama extractiva

CAEM firmó un acuerdo salarial con la  Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) para la rama de minería extractiva en el marco de la Convención Colectiva de Trabajo N° 38/89.

Tendrá vigencia desde el 1º de enero, hasta el 28 de febrero de 2021, e incluye un aporte voluntario no remunerativo, por única vez. De esta forma, el personal abarcado en el convenio recibirá el “Aporte Voluntario COVID 2020” que comprende el pago  por única vez de $ 10.000, pagaderos en dos cuotas, en diciembre 2020 y enero 2021.

Todos los acuerdos o pagos voluntarios que las empresas ya hayan otorgado a sus empleados a cuenta del “Aporte Voluntario”, o bajo cualquier otra denominación ya sea en efectivo, en mercadería o bajo cualquier otra forma de beneficio, podrá ser asignada o deducida del compromiso del Aporte Voluntario COVID 2020.

Se acordó además un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia a partir del 1º de enero del 2021, hasta el 31 de enero de 2021”.  A lo cual se le suma un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de enero de 2021, con vigencia a partir del 1° de febrero del 2021, hasta el 28 de febrero de 2021.

Rama cal, piedra y afines

CAEM acordó con AOMA y la Federación Argentina de la Piedra un incremento del 6% sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020 con vigencia del 1º de enero de 2021 al 31 de enero de 2021. Y un incremento del 12% calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia del 1º de febrero de 2021 al 31 de marzo de 2021.

Se definió además el pago de un aporte voluntario no remunerativo de $ 10.000,  por única vez, pagadero $5.000 en diciembre y $ 5.000 en enero.

Por otra parte, dada la difícil situación que atraviesa este sector a causa de la pandemia, se acordó prolongar el acuerdo por COVID-19, que establece que los trabajadores que se encuentren desempeñando tareas en forma presencial o remota percibirán el 83% del total de su remuneración bruta que les hubiera correspondido para el mes de enero de 2021 como suma no remunerativa. En tanto que el personal que se encuentre inactivo percibirá un 66%.

CAEM fue parte de la Mesa de la Economía del Conocimiento

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) participó de la puesta en marcha de la primera Mesa de la Economía del Conocimiento, que contó con la presencia del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

En el encuentro, las cámaras empresariales y referentes del sector avanzaron en una agenda público-privada y repasaron los principales aspectos de la reglamentación de la Ley que permitiría promover nuevas tecnologías, fomentar empleo de calidad, facilitar el desarrollo de PyMES y aumentar las exportaciones.

“Quiero hacer un reconocimiento de este sector tan importante en el presente y en el futuro de Argentina; aquí hay buena parte de las soluciones de los problemas de nuestro país en términos de balanza de pagos, empleo, mejora de entramados productivos, e incorporación de tecnologías en la producción”, afirmó Kulfas.

La Ley de la Economía del Conocimiento ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, como la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa y una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales.

Además, otorga beneficios adicionales en las contribuciones patronales para las empresas que empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales.