Durante diciembre, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) revisó acuerdos salariales, con la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) tanto correspondientes a la rama extractiva como a cal y piedra.
Rama extractiva
CAEM firmó un acuerdo salarial con la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) para la rama de minería extractiva en el marco de la Convención Colectiva de Trabajo N° 38/89.
Tendrá vigencia desde el 1º de enero, hasta el 28 de febrero de 2021, e incluye un aporte voluntario no remunerativo, por única vez. De esta forma, el personal abarcado en el convenio recibirá el “Aporte Voluntario COVID 2020” que comprende el pago por única vez de $ 10.000, pagaderos en dos cuotas, en diciembre 2020 y enero 2021.
Todos los acuerdos o pagos voluntarios que las empresas ya hayan otorgado a sus empleados a cuenta del “Aporte Voluntario”, o bajo cualquier otra denominación ya sea en efectivo, en mercadería o bajo cualquier otra forma de beneficio, podrá ser asignada o deducida del compromiso del Aporte Voluntario COVID 2020.
Se acordó además un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia a partir del 1º de enero del 2021, hasta el 31 de enero de 2021”. A lo cual se le suma un incremento del 4 % calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de enero de 2021, con vigencia a partir del 1° de febrero del 2021, hasta el 28 de febrero de 2021.
Rama cal, piedra y afines
CAEM acordó con AOMA y la Federación Argentina de la Piedra un incremento del 6% sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020 con vigencia del 1º de enero de 2021 al 31 de enero de 2021. Y un incremento del 12% calculado sobre los salarios básicos de convenio vigentes al 31 de diciembre de 2020, con vigencia del 1º de febrero de 2021 al 31 de marzo de 2021.
Se definió además el pago de un aporte voluntario no remunerativo de $ 10.000, por única vez, pagadero $5.000 en diciembre y $ 5.000 en enero.
Por otra parte, dada la difícil situación que atraviesa este sector a causa de la pandemia, se acordó prolongar el acuerdo por COVID-19, que establece que los trabajadores que se encuentren desempeñando tareas en forma presencial o remota percibirán el 83% del total de su remuneración bruta que les hubiera correspondido para el mes de enero de 2021 como suma no remunerativa. En tanto que el personal que se encuentre inactivo percibirá un 66%.