Encuentro de CAEM con el BCRA y Secretaría de Minería de la Nación para analizar situación de importaciones

La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) se reunió  con autoridades del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y de la Secretaría de Minería de la Nación para analizar el escenario en cuanto al acceso a las divisas para la importación.

En el encuentro participaron el Director del Banco Central Arnaldo Bocco; Matías Robles, Jefe de Gabinete de la Secretaría de Minería de la Nación, y Pablo Gallo, también de dicha Secretaría. Por CAEM estuvieron su vicepresidente 3º, Roberto Cacciola; el Director Ejecutivo, Luciano Berenstein; y el Responsable del Departamento de Legales e Institucional, Santiago Cicchetti.

Desde CAEM se hizo foco en que la industria minera es uno de los únicos 3 sectores que han logrado ingreso neto de divisas al país, gracias a su balanza comercial marcadamente exportadora. De allí la importancia de encontrar alternativas que permitan que se siga impulsando la producción, la construcción de nuevos proyectos y la ampliación de los actuales. También se dialogó sobre los límites de financiación mediante entidades locales.

Acceso al mercado de cambios: Comunicación BCRA “A 7301”

La medida tomada por el Directorio del BCRA permite acceder al mercado de cambio (MULC), sin solicitud de autorización por parte del BCRA,  a los exportadores de bienes industrializados y extractivos por una proporción del incremento de las ventas externas que registren este año respecto de 2020.

De esta manera los exportadores podrán realizar pagos sobre sus obligaciones externas pendientes.

Los porcentajes tendrán como parámetros el tiempo de liquidación de las divisas que guarda relación con la agregación de valor.

– Bienes que tienen un plazo de hasta 30 días corridos para liquidar, podrán acceder por el 5% excedente del incremento de ventas.

– Bienes que tienen un plazo de hasta 60 días corridos para liquidar, podrán acceder por el 10% excedente del incremento de ventas.

– Bienes que tienen un plazo de hasta 180 días corridos o más para liquidar, podrán acceder por el 15% excedente del incremento de ventas.

El acceso sin conformidad previa del BCRA podrá ser destinado a:

– Pagos a partir del vencimiento de capital de deudas por la importación de bienes.

– Pagos a partir del vencimiento de capital de deudas por la importación de servicios a contrapartes vinculadas.

– Pagos a partir del vencimiento de capital de endeudamientos financieros con el exterior a contrapartes vinculadas al deudor.

– Pagos de utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados.

Los exportadores deberán contar con una “Certificación de aumento de las exportaciones de bienes en el año 2021”, emitido por la entidad financiera con la que opera en comercio exterior, que establecerá el monto máximo al que puede acceder en el mercado sin la conformidad previa del BCRA.

 

Ver más detalles en la comunicación:

http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/comytexord/A7301.pdf

Impacto en la industria minera de las medidas del Banco Central

Desde la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) vemos con preocupación las recientes medidas cambiarias anunciadas por el Banco Central de la República Argentina, dado que, para producir y exportar, las empresas mineras primero deben necesariamente invertir y esto se dificulta si existen medidas que atentan contra la inversión directa.

La minería metalífera es un sector con una balanza netamente exportadora, pero hasta llegar al punto de exportar, requiere de inversión intensiva de divisas que entran y quedan en el país. Los proyectos productivos, como los mineros -o los de energía e hidrocarburos- se financian principalmente con inversión directa del exterior, en forma de préstamos financieros o aportes de capital. Así financian el pago de años de exploración, de construcciones millonarias y de capital de trabajo. Y apenas comienzan a operar, deben repagar esas deudas para poder seguir teniendo crédito.

Si se aplican restricciones a esos pagos,  las empresas entran en situación de default técnico, que se resuelve volviendo a generar endeudamiento más caro. Ya existían restricciones para devolver capital a las afiliadas por la normativa anterior, por lo que parte de esa financiación -que no se pudo repagar- se debió cubrir con financiamiento a tasas mayores.

De esta forma, las nuevas restricciones desprotegen el stock actual de inversión al eliminar opciones de financiación y  dificultan la posibilidad de nuevas inversiones.

Con una adecuada política de promoción de grandes inversiones, en un contexto de reglas claras, se podrían generar inversiones mineras por más de U$S 18.000 millones en los próximos 6 años. Esto permitiría más que duplicar las exportaciones anuales actuales, llegando a un estimado de cerca de U$S10.000 millones.

Para lograrlo, el país debe generar competitividad y confianza, a fin de evitar que las inversiones se vuelquen en otros destinos. En esto venimos trabajando desde CAEM junto con la Secretaría de Minería de la Nación, para propiciar medidas de incentivo  que ayuden a la puesta en marcha de nuevos proyectos.

Creemos que Argentina precisa una ley de promoción de grandes proyectos de inversión, que incluya también otros sectores, como la energía, para que todo aquel proyecto que quiera concretarse tenga un marco jurídico adecuado para desarrollarse.  En el contexto de crisis actual, es más necesario que nunca apuntalar los desarrollos que impulsan producción, empleo y generación de divisas para el país.

Impacto para el sector minero de modificaciones en acceso a mercado de cambios para pago de importaciones

La recientemente publicada Comunicación “A” 6818, que regula el acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones de bienes a partir del 1º del presente mes, aclara algunos puntos sobre el pago de compras entre empresas relacionadas, la de importaciones con registro aduanero pendiente y pagos de deuda comercial anteriores al 31 de agosto (fecha de imposición del “cepo”).

En este sentido, la consultora Abeceb elaboró para CAEM un análisis para entender su impacto específico en el sector minero.

Consideraciones para la operatoria de comercio exterior de la minería

En principio, se descuenta que una parte de las importaciones mineras quedará sujetada a la conformidad previa del BCRA. En este sector es habitual la operación con empresas vinculadas (dado que la mayoría de las firmas son subsidiarias de empresas internacionales), y las importaciones en las que el ingreso de bienes demora más de 90 días después del acceso al mercado de cambios. Esto último es frecuente en las importaciones de equipos especiales mineros, fundamentales para la operación, y afecta especialmente a proyectos en fase de construcción o ampliación.

El mecanismo para obtener la conformidad del BCRA requiere la presentación de un plan de operaciones o un programa de inversión donde se muestre la necesidad de importar dicho bien para operar, así como el cronograma de pagos previsto en la financiación. Tales operaciones deben registrarse en el Relevamiento de activos y pasivos externos (esto también aplica a las deudas comerciales pendientes de pago).

Si bien esto debería ser de fácil cumplimiento para las empresas mineras, dado que los proyectos cuentan con informes técnicos previamente aprobados por autoridades públicas que detallan los bienes requeridos, no deja de existir cierta incertidumbre, pues no se conocen los criterios de evaluación que aplicará el BCRA para otorgar su conformidad, lo que deja lugar a cierta discrecionalidad por parte de la autoridad monetaria.

Si bien el procedimiento resulta engorroso, el punto positivo es que una vez obtenida la conformidad del BCRA, existiría un cierto “reaseguro” de poder efectuar los pagos, especialmente para las empresas de capitales extranjeros que a través de los Tratados Bilaterales de Inversión cuentan con cierto resguardo sobre el cambio de reglas de juego.

Ver informe completo:

https://caemin.sharepoint.com/:b:/g/EZuvUsxXISRIne4Cofr_NIYBvoyejfzTNplRpyiDRBpaNA?e=lbirIV